El pasado día 27 de mayo de 2026 esta Alcaldía difundió un bando con medidas para limitar el consumo de agua ante las previsibles futuras carencias derivadas, no solo de la meteorología actual, de fuerte sequía y calor extremo, sino de la pérdida de la fuente de suministro del Embalse de El Tejo en El Espinar, que ha obligado a ese municipio a obtener el agua del embalse de Puente Alta, que compartimos con la Mancomunidad de la Mujer Muerta y el Ayuntamiento de Segovia.
Las previsiones son críticas, pues, al ritmo actual de gasto, no habrá suficiente agua a mediados del verano en Puente Alta para todos los consumos. El agua se agotaría. El riesgo es real.
Ello obliga a este Ayuntamiento, al igual que al resto de los Ayuntamientos afectados por esta situación a adoptar medidas drásticas que permitan garantizar el abastecimiento de boca a lo largo del verano.
En virtud de las atribuciones que me otorga la legislación de régimen local, con base en el artículo 60 del Texto Refundido de la ley de Aguas, y a los artículos 5 y 8, letra h del reglamento municipal de abastecimiento de agua, dispongo:
Primero: La prohibición del riego de jardines públicos y privados desde la red de abastecimiento municipal con carácter general.
Segundo: Excepción. Se podrá regar los días miércoles, de las 20 a las 22 horas, exceptuando las praderas de césped, con el fin de poder mantener vivos los árboles, arbustos y plantas no herbáceas.
Tercero: Se establece un límite de consumo de 200 litros por habitante y día para otros usos en cada vivienda. Se entiende por habitantes los que de hecho vivan en cada momento en la vivienda de manera habitual en verano.
Esta Alcaldía ruega a toda la población a llevar a cabo un uso racional, responsable y solidario de un bien tan escaso como es el agua, y a realizar un esfuerzo colectivo y solidario de ahorro, restringiendo el consumo de agua potable, aunque ello suponga molestias e incomodidades.
Actualidad municipal
BANDO PROHIBICIÓN DEL RIEGO DE JARDINES