Elemento

la Diputación

La Diputación da luz verde a la modificación de estatutos de la Atalaya y Fuente del Mojón

Las modificaciones estatutarias de las mancomunidades y comunidades de villa y tierra deben ser aprobadas por la Diputación Provincial de Segovia, que en esta ocasión ha dado luz verde a la nueva normativa de las mancomunidades de la "Atalaya" y de "Fuente del Mojón". Mientras en el primer caso simplemente se han ampliado los fines, en el segundo caso, la modificación es más compleja.

Integrada por los ayuntamientos de Palazuelos de Eresma, San Cristóbal de Segovia, Trescasas y La Lastrilla, la "Atalaya" si hasta ahora se centraba en el servicio de abastecimiento de agua potable a los municipios que la integran, a la acción social y educativa previstos en el artículo 25 de la Ley 7/1985, a la reparación y mantenimiento de las vías públicas y a la recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos, incluidos puntos limpios, ahora a estos fines se incluye la protección civil en los cuatro términos municipales.

El motivo por el cual se ha incluido esta competencia dentro de las que ya establecían los estatutos de dicha Mancomunidad ha sido porque el servicio de protección civil se viene prestando de forma individualizada por alguno de los municipios que componen esta Mancomunidad, y que se haga de forma mancomunada posibilitaría que el servicio se preste de forma y manera más eficaz y con menos costes.

 

Fuente del Mojón

Por su parte, la modificación de los estatutos de la Mancomunidad Fuente del Mojón que integra a los ayuntamientos de Adrada de Pirón, Basardilla, Brieva, Santo Domingo de Pirón, Espirdo y Torrecaballeros, ya fue aprobada por unanimidad de los 19 miembros asistentes a la sesión de los 32 que la forman, el pasado día 8 de noviembre de 2016 en la Asamblea de Concejales de dicho organismo.

     El primero de los artículos modificados se refiere a los fines de la Mancomunidad y en esta disposición simplemente se aclara que las competencias de la organización se amplían hasta la potabilización del agua y los dispositivos de potabilización y el mantenimiento de las redes de abastecimiento hasta los depósitos reguladores.

A partir de esta modificación las funciones de tesorería serán ejercidas por el funcionario que tenga encomendada la secretaría-intervención de la Mancomunidad. También se establece que las aportaciones ordinarias y extraordinarias se determinarán de forma proporcional al consumo que arroje la lectura de los contadores de agua situados a la salida del partidor localizado en la Cañada Real Soriana Occidental.

          Por último, la modificación estatutaria establece que las aportaciones se realizarán en la forma y plazos determinados por la Asamblea en la aprobación de los presupuestos anuales y tendrán la consideración de pagos obligatorios y preferentes para los ayuntamientos mancomunados. Si transcurridos 3 meses desde el cierre del ejercicio alguno de los ayuntamientos tuviera deuda con la Mancomunidad se le aplicará un recargo conforme a la Normativa Tributaria General, en este caso del 5%. Si transcurren tres meses más y no se ha efectuado ese cargo, el recargo subirá al 10%. Transcurrido todo ese tiempo, la Asamblea de la Mancomunidad podrá acordar la retención correspondiente a cada ayuntamiento en las entregas a cuenta que, por recaudación de sus tributos, les efectúe la Diputación Provincial de Segovia y a estos efectos, los municipios mancomunados autorizan expresamente a la Diputación a que practique esas retenciones y su posterior abono a la Mancomunidad a requerimiento de ésta.

          Para llevarse a cabo esa retención por parte de la Diputación y posterior abono a la Mancomunidad, tiene que haber un acuerdo del pleno de cada uno de estos ayuntamientos.